Riobamba,
12 de marzo del 2013
Oficio.
Nº. 020 RPAPUNACH-2013.
Master
Lolita
Maldonado
DIRECTORA FINANCIERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO
Doctor
Franklin
Ocaña
PROCURADOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
DE CHIMBORAZO
Presente.-
De
mi consideración:
Reciba
un atento y cordial saludo, a la vez que molesto su atención con la finalidad
de manifestar lo siguiente:
La
Asociación de profesores de la Universidad Nacional de Chimborazo, al ser un
gremio al cual acuden los docentes de nuestra institución para solicitar
información, y con apego al mandato que nos corresponde representar a nuestros
agremiados, me permito solicitar de la manera más comedida se me entregue las
disposiciones legales pertinentes, en las
cuales los docentes de la Universidad Nacional de Chimborazo acceden a
la jubilación complementaria, tanto para los docentes que han cumplido sus años
de servicio en la institución, así como también en la UNACH y otras instituciones
de educación media y superior, ya que en el inciso segundo de la transitoria
DECIMO NOVEVA, de la LOES, al referirse a la Jubilación Complementaria,
textualmente dice: “Los profesores e
investigadores de las Instituciones públicas del sistema de Educación Superior
que se hubieren acogido a la jubilación patronal, antes de la vigencia de esta
Ley, o los que lo hicieren hasta diciembre del 2014, recibirán este beneficio”
¿Todos
los docentes que se acogen la Jubilación de la UNACH hasta diciembre del 2014,
son beneficiarios de la Jubilación Complementaria?
Por
siempre y para siempre ADELANTE UNIVERSIDAD.
Atentamente,
Ing. Ramiro Ruales Parreño
PRESIDENTE DE LA APUNACH